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Semana Cultural 2024. Del 22 al 27 de julio
Día 27. Presentación del libro:
La Dehesa Boyal Ð Madrona
Dentro de la Semana Cultural organizada por la Asociación de Vecinos de Madrona, ha tenido lugar la presentación de esta obra a cargo de su autor, Fernando Ayuso Cañas.

De la mano de Nando Otero Bernardo, persona con la que todo resulta más fácil y amable, inicié la presentación.
El volumen, de 625 páginas, se estructura en dos partes, sin bien la cuestión abordada es la misma en ambas.
La primera se nutre de la documentación histórica del Archivo del Ayuntamiento de Madrona, que desde 1971 se custodia en el de la Ciudad de Segovia, ubicado en el edificio de La Alhóndiga.

Ciudad y Tierra de Segovia contra Juan Arias Dávila
Narra el pleito planteado por los procuradores de Ciudad y Tierra de Segovia en 1491, ante la reina Isabel de Castilla para el retorno del procomún de Madrona, compuesto por las siete fincas de la Dehesa Boyal y más de 1.000 obradas de terreno, arrebatado, incluso con violencia, por la familia Árias Dávila, desde 1450.
Isabel la Católica requiere a Juan Arias Dávila para que responda de esta acusación ante un tribunal.
El procedimiento consta de más de 105 actos procesales documentados de forma impecable por el juez y los fieles de fechos.
Este juicio, con todos sus actos, se materializa en el monasterio de San Francisco de Asís, actual Academia de Artillería de Segovia, e intervienen distintos organismos e instituciones de la ciudad.
Se trata de una lucha de David contra Goliat puesto que la mayor parte de la población de Madrona se ha exiliado debido a la acción despobladora de los Arias Dávila.
Desaparece Cristóbales, desaparece Bernuy de Ríomilanos, ambas poblaciones en el Camino Real de Ávila y Madrona tan sólo cuenta, en 1491, con 11 vecinos, todos ellos renteros de la familia usurpadora.

Aspecto de la sala. Un privilegio, inimaginable para mí, presentar mi libro entre obras de Ricardo Renedo.
Los vecinos contra la desamortización de Pascual Madoz
Cuatrocientos años más tarde, en 1850, se repite la misma acción, por otros medios.
Se trata de la acción desamortizadora del ministro Madoz, cuya ley (Ley de 1 de mayo de 1855), alcanza nuevamente las fincas de la dehesa boyal, que son enajenadas.
Los vecinos se quedan sin esta propiedad, pero reaccionan de forma ejemplar y eficaz.
Crean una comisión investida de plenos poderes por delegación de cada vecino y actúan de forma eficiente en cada paso.

Tiempo de preguntas. Quedó patente que este tema tiene mucho recorrido. Ojalá no se abandone.
Contactan con personas y cargos influyentes de Segovia en Madrid, contratan abogados, se entrevistan con personas ilustres y con cierto poder y miembros de esta comisión viajan a Madrid hasta en ocho ocasiones, para acudir a despachos y oficinas ministeriales.
Téngase en cuenta que el ferrocarril que conecta Segovia con Madrid no llega hasta el año 1888, por lo que viajarían a caballo o en diligencia.
Todo este proceso origina unos gastos que están documentados hasta en su mínimo detalle, y que ascienden a 12.743 reales más otros 6.800 para indemnizar a quien se quedó con las fincas, que no es otro que el conde de Puñonrostro (pleitos tengas y los ganes).
Esta cantidad es sufragada por cada vecino cuyos ganados usan la dehesa boyal, en proporción y equivalencia del número y clase de reses.
La documentación histórica, los expedientes de enajenación de fincas, de esta segunda parte se custodian en el Archivo Provincial de Segovia y el libro recoge todos ellos.
Situación jurídica actual de la dehesa boyal
El conjunto de las siete fincas que la componen está clasificado como monte de utilidad pública número 153 y se rige por la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.
Según el autor de esta obra, dado el uso de bien vecinal que se mantiene desde tiempo inmemorial, tal como se acredita en la documentación histórica que consta en este libro, esta clasificación constituye una anomalía, puesto que la que le corresponde es la de monte vecinal en mano común y, por tanto, al amparo de la Ley 55/1980, de 11 de septiembre, de Montes Vecinales en Mano Común.
Otra anomalía, ésta más grave aún, es la del gobierno de dicha dehesa, por cuanto lo ejerce desde 1971 el Ayuntamiento de la ciudad de Segovia sin ninguna competencia jurídica ni de propiedad dominical.
Al final del volumen se ofrece una relación de los graves daños y menoscabos que están sufriendo diversos sotos y prados debido a la acción o consentimiento de este Ayuntamiento.
Estos bienes mantienen su naturaleza jurídica de indivisibles, inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Constituye este libro un repositorio documental de enorme valor tanto para la localidad de Madrona como para la ciudad de Segovia, por cuanto constan en él diversas instituciones de ambas poblaciones que toman parte de forma activa en ambos pleitos.

Muchos de los asistentes quisieron que les firmara una dedicatoria. Fue un gran honor para mí.
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Fotografías de Fernando Ayuso Garcisánchez
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